Tenencia de Animales En Condominios

Conforme a la Nueva Ley N° 21.442 de copropiedad Inmobiliaria, articulo 8 letra b) , no se puede prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía dentro del departamento u/o casas de copropietarios, arrendadores u ocupantes del condominio.

Se pueden establecer restricciones en la medida que se establezcan en el reglamento de copropiedad tales como:

-Uso de Correas.
-Restricción de accesos.
-Recolección de Desechos.
-Control de Ruidos etc.

Además, la comunidad debe exigir a los residentes cumplir con la tenencia responsable de mascotas Conforme a la ley 21.020 (LEY CHOLITO)

– Tener registro e identificación por microchip de la mascota
– Cuidados Básicos
– Responsabilidad Civil del Dueño
– Caninos Potencial Mente Peligrosos